
Incumplir un dictamen judicial es un delito que se conoce como “desacato” y es penado por la ley. Así le sucedió a un hombre que fue obligado a abandonar el hogar que compartía con su conviviente y tenía prohibido acercarse a ella. “Sin embargo y pese a esta prohibición, el día 29 de enero de 2011, siendo aproximadamente las 23 horas, cuando la víctima transitaba a la casa de su hermana de forma sorpresiva se le acercó el imputado a bordo de un automóvil que cruzó delante de ella”. Luego se subió a la vereda y la insultó, según los hechos que presentó la fiscal Wendoline Acuña. El Tribunal Oral absolvió a S.A.R.S., del delito de amenazas, pero lo condenó a 541 días de presidio por desacato. Le otorgaron el beneficio de la reclusión nocturna. La fiscal indicó en el juicio que “se trata de una familia con historia de violencia intrafamiliar. La madre fue reiteradamente maltratada y que los hijos se encuentran resentidos en contra de ella”.