
El seremi de Salud subrogante, Sergio Ruiz Mella, junto a la Jefa del Departamento de Acción Sanitaria, Angélica Carrillanca y el profesional Sergio Pérez, explicaron que este reglamento deroga un decreto anterior, que regía el reglamento sanitario para el control de teatros y espectáculos públicos.
Dentro de los locales que entran en esta categoría se encuentran establecimientos donde se realicen espectáculos públicos, culturales o deportivos, además de discotecas, cabarets, salas de eventos, cines, teatros, gimnasios, parques de entretenciones, entre otros. Este reglamento entró en vigencia en 2010, para todos los establecimientos nuevos, pero a los locales que se encontraban en funcionamiento para esa fecha se les otorgó un año para dar cumplimiento a las exigencias, plazo que se cumple este 25 de septiembre de 2011. Los establecimientos deberán instalar en el acceso un letrero que indique la capacidad máxima de dicho local y, además, los nuevos deberán dar cabal cumplimiento a la Norma de Emisión de Ruidos Molestos, especificando si se tocará música en vivo o envasada.