
En la sentencia, de fecha 11 de junio de 2006, uno de los tres magistrados, Fabio Jordán Díaz, fue del parecer de imponer a los condenados (Arteaga, Muñoz y Oyarzo), la pena de siete años de presidio por cada uno de los delitos de homicidio calificado, en perjuicio de Vera Silva y Cisterna Cisterna, “teniendo presente que los acusados demostraron absoluto desprecio por la vida, ánimo perverso, cobarde y traicionero”.
Crimen
El fiscal Eugenio Campos llevó a juicio oral a los acusados Patricio Oyarzo, Ramón Arteaga, Luis Marcos Santana (alias “Chicho”) y Katherine Muñoz Gómez (alias “Katty Chispa”), por homicidio calificado.
Al presentar el recurso de nulidad, el fiscal dijo que existen antecedentes que justifican recurrir a esta vía, “porque estamos hablando de dos homicidios graves, que estremecieron a la comunidad magallánica”. Campos plantea que no están dadas las condiciones para que los condenados cumplan el saldo de la pena en libertad, y en virtud de ello es que solicita que se revoque la libertad de Oyarzo Peters y Arteaga Robinson.
Es lo que pidió Jorge Vera, hermano de una de las víctimas del homicidio, al visitar Diario El Pingüino y expresar su rechazo a la decisión del juez Andrés Provoste.