
Por su parte y en esta línea, el Abogado de la Unidad de Regularización, Jorge Díaz, explicó que “para iniciar el procedimiento, la solicitud debe ser ingresada al sistema informático de nuestra cartera, y si esta es aceptada a trámite, el solicitante puede optar a un copago del Ministerio de Bienes Nacionales para financiar el todo o parte de la tramitación, dependiendo de que el puntaje del interesado en la Ficha de Protección Social así lo permita”.
El acceso a este saneamiento considera que la propiedad tenga un avalúo fiscal inferior a 800 Unidades Tributarias Mensuales en caso de ser rurales y de 380 UTM en caso de ser urbanas. Al considerar todos los antecedentes, y si la persona cumple con los requisitos, podrá regularizar la posesión y pasado un tiempo prudente y no habiendo terceros que se opongan, inscribirla a su nombre.