
El fallo del tribunal responde a un recurso de protección presentado por la ingeniera en alimentos, María Mackarena Seppi Cartes, en contra de Concejo Municipal de Ñuñoa, -integrado por Claudia Vera Barría y Maya Fernández Allende, Andrés Zarhi Troy, José Luis Rosasco Zagal, Manuel Guerrero Antequera- y el alcalde, Pedro Sabat Pietracaprina.
Seppi presentó la acción, argumentando que las autoridades municipales actuaron de manera ilegal y arbitraria "que la privan y perturban en los derechos reconocidos por el artículo 19 números 2, 3, 21 y 22 de la Constitución Política", segun consigna el documento al que tuvo acceso La Tercera (ver archivo).
La afectada acudió a la Justicia, debido a que en la sesión ordinaria N°8 del Concejo Municipal de Ñuñoa, de fecha 9 de marzo de 2011, se rechazó una solicitud de patente de alcoholes, notificada mediante Ord. D.A.F N° 442/2. Seppi adujo en su presentación judicial que no se le dieron razones ni fundamentos sobre la decisión, lo cual constituye a su juicio un acto arbitrario.
La decisión de la Corte de Apelaciones contempla que, durante el tiempo en el el alcalde gozará de medio sueldo, sin perjuicio de otros derechos que el recurrente podrá hacer valer en la sede que corresponda".