Las diferencias del TER con Renovación Nacional

General
11/11/2012 a las 17:02
Pese a que la estrechez en el escrutinio entre Mauro Bravo y David Romo era de sólo seis votos, el Tribunal Electoral Regional (TER) tras declarar admisible su reclamación la rechazó, mientras que se acogió la solicitud de RN de contabilizar mesas en la comuna de Ñuñoa, pese a que la diferencia entre Pedro Sabat y Maya Fernández era de 20 sufragios. Mientras Renovación Nacional (RN) celebra en la comuna de Ñuñoa, en Santiago, porque aseguran que tras la solicitud de revisión de votos al Tribunal Electoral Regional (TER) el alcalde Pedro Sabat fue reelecto, en Punta Arenas un aspirante a concejal del mismo partido oficialista anhela que su apelación sea considerada y de esta manera se revise sufragio por sufragio las mesas de los ediles.
Pese a que la diferencia de votos entre Mauro Bravo y David Romo era de sólo seis votos, el Tribunal Electoral Regional (TER) tras declarar admisible su reclamación la rechazó, motivo por el cual el miembro de la directiva local de RN apeló ante el Tribunal Calificador de Elecciones, solicitando “que se revoque la sentencia en todas sus partes y se dicte una nueva, en la cual se acojan nuestras peticiones”.
Lo anterior en el marco de sus consideraciones, consistentes en las irregularidades cometidas en el proceso eleccionario del 28 de octubre.
En su apelación precisamente Bravo utilizó el caso de la comuna santiaguina, señalando que “estamos siendo testigos de cómo el alto criterio de un Tribunal Electoral accediera a revisar parte de las mesas de la comuna de Ñuñoa y ya en las primeras mesas el candidato que había resultado perdedor, el actual alcalde, apareciera inmediatamente ganando, hecho que se ha mantenido en la medida que se han ido revisando las demás mesas, en las cuales se han ido detectando diversas irregularidades a favor de ambos candidatos que compiten por la alcaldía. Este hecho, de por sí, es indicativo de cómo una amplitud de criterio ha permitido detectar diversas irregularidades y además genera en el ambiente una sensación de que existe justicia electoral”.
La diferencia entre Pedro Sabat y Maya Fernández era de 20 sufragios, 14 votos más que los que separan a Bravo de Romo.
“Al revés de lo que sucede en Santiago, nos encontramos que en esta región no ha prosperado ningún reclamo, y eso no es bueno para nadie porque genera una sensación de injusticia como la que siento como ciudadano de este país, como elector y como candidato, en que por tecnicismos jurídicos se me niega la posibilidad de tener a lo menos la tranquilidad espiritual que perdí legítimamente”, agrega la apelación, sosteniendo que “la rapidez que impone la ley electoral para la interposición además del recurso, impide, no solamente la acuciosidad en la redacción, sino que en la reunión de las pruebas y la precisión que esta sentencia exige y por la cual rechaza todo lo que presentamos en apoyo a nuestra petición, desechando las pruebas como insuficientes”.
“Es imposible que en las circunstancias de estrechez de tiempo se puedan reunir pruebas completas y es aquí precisamente donde nuevamente caemos en los principios de interpretación de la ley y por ende de la apreciación de los medios de prueba como consecuencia de los mismos que el criterio de análisis no es el de una prueba común y corriente, sino que incluso llega a las presunciones y a los indicios”, aseguró el candidato a concejal en su apelación.

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