
Según dijo la entidad defensora de los consumidores, luego de realizar un seguimiento entre los meses de diciembre pasado y febrero de este año, se “corroboró que las tres compañías, enviaron mensajes de texto a sus clientes de teléfonos celulares promocionando su participación en diversos concursos y sorteos”. El problema radica en que ninguna de las compañías da a conocer una “dirección válida” o alguna forma expedita para que sus clientes puedan solicitar que no se les envíe más este tipo de anuncios.
Además, comprobaron que aunque se enviaran mensajes a los números de origen, pidiendo terminar con el envío de este tipo de mensajes promocionales, no hubo respuesta y la situación “siguió repitiéndose”.
Otra irregularidad detectada es que los mensajes enviados por las compañías no informaban sobre la fecha en que se llevaría a cabo el eventual sorteo o concurso publicado, “y tampoco daba a conocer las bases de la promoción ni el tiempo o plazo de su duración”.
El Sernac constató además que en algunos casos la empresa Claro tampoco cumplía con informar el precio de los servicios anunciados o el costo por participar en la promoción publicitada. En tanto, Movistar, no informaba de manera adecuada el precio de las promociones o servicios publicitados.
De esta manera, de ser encontradas culpables, las empresas arriesgan multas que en el caso de Claro podría ser de hasta 1.000 UTM (unos $40 millones), Movistar podría ser condenada a pagar hasta 950 UTM (más de $38 millones), mientras que Entel podría tener que desembolsar 200 UTM ($8 millones).
Según el Sernac, Ley del Consumidor establece que las empresas pueden enviar un primer mensaje, en la medida que cumpla ciertos requisitos, como por ejemplo, indicar el asunto o materia de que trata; la identidad del remitente, pero además deben señalar una dirección válida donde solicitar la suspensión de los envíos, los que deberían quedar cancelados a partir de esea gestión.
Respecto de las promociones y ofertas, la Ley del Consumidor dice que los consumidores tienen derecho “a recibir claramente la información sobre las bases y el tiempo de duración, así como las condiciones y restricciones relevantes”. Además, si la promoción consiste en concursos o sorteos, “el anunciante debe informar el monto o número de premios, el plazo en que se pueden reclamar y difundir adecuadamente los resultados”, explicó la entidad.