Expresó, también, la necesidad de corregir la legislación para evitar que casos como éste se repitan. En ese sentido, informó que ya presentó a la consideración del Senado un proyecto de ley destinado a incorporar a la ley del consumidor los contratos de arriendo en los casos en que el arrendador no sea una persona natural, sino una inmobiliaria, corredora o cualquier entidad que se dedique habitualmente al arriendo de inmuebles.
La actual normativa sólo contempla los contratos de temporada lo que, a juicio del parlamentario, resulta poco lógico. “No es razonable que los turistas tengan más protección que los arrendatarios permanentes” – recalcó – agregando que sujetar este tipo de contratos a la ley del consumidor permitirá equiparar las condiciones entre las partes, cuando una de ellas es una empresa que se dedica comercialmente a la renta de viviendas residenciales.
“Problemas con la calidad y condiciones de las viviendas y con la devolución de garantías son pan de cada día en este tipo de relaciones contractuales y tendrán así la posibilidad de sujetarse a mediaciones y procedimientos colectivos” – señaló el legislador.
Muñoz anunció, además, que en los próximos días ingresará una nueva iniciativa tendiente a obligar a que en los contratos de arrendamiento respecto de viviendas nuevas se acompañe obligatoriamente el certificado de recepción definitiva, de modo de otorgar seguridad a los arrendatarios. “Se trata de un documento que ya se requiere para la inscripción de inmuebles en el Conservador de Bienes Raíces, que habitualmente sigue a la compraventa, por lo que es razonable que se exhiba en otros contratos que se refieran a ellos” – culminó manifestando.