Denuncian a empresas por incumplimiento en publicidad

General
18/06/2013 a las 06:58
El Sernac denunciará a la justicia a la multitienda Paris, debido a que en sus avisajes promocionales no entregó información relevante, como las bases y tampoco la vigencia de las mismas. El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) ofició a nueve empresas con el propósito de que adecúen su publicidad en la venta de estufas a los estándares exigidos por la Ley del Consumidor, además de denunciar a una de ellas por no entregar información relevante para el consumidor.
Con el propósito conocer el comportamiento publicitario de los locales que comercializan estufas y poder tomar las medidas necesarias en caso de incumplimientos a la Ley, el Sernac realizó un estudio que incluyó la oferta difundida en los diversos medios de comunicación.
El estudio analizó las piezas publicitarias aparecidas en los medios de prensa escrita de la Región Metropolitana, además de la publicidad difundida en la televisión abierta y los catálogos de las tiendas del retail expuestos en sus páginas web, entre el 26 de abril al 10 de mayo 2013.
El análisis incluyó un total de 12 piezas correspondientes a las empresas Easy, Home center, Lider, Mademsa, Ripley, Corona, Falabella y Paris.
Para realizar el análisis, el Sernac definió dos aspectos: la forma de entrega de la información sobre bases de las promociones, vigencia, stock y restricciones así como el contenido de la información.
De este modo el estudio estableció que una de las frases más utilizadas por las empresas al publicitar estufas fue “hasta agotar stock” o “stock limitado”. En el caso de prensa, esta situación se da en el 100% de los avisos publicitarios.
Una de las obligaciones que tienen las empresas en materia de promociones y ofertas es precisamente informar el tiempo o plazo de duración de su promoción, además del stock en unidades disponibles del producto.
El problema de la utilización de este tipo de frases es que no son suficientes para cumplir con el deber de información que establece la Ley del Consumidor, pues si la empresa no informa el stock existente, el consumidor no podrá determinar la probabilidad cierta de adquirir en las condiciones ofrecidas, y por otra parte, las empresas tendrían la libertad de negarse a vender un producto determinado argumentando que está agotado, no teniendo el consumidor forma de contrastar dicha afirmación, aseveró el Sernac.
En los avisos publicitarios analizados se utilizan frases que resaltan el ahorro de energía de los aparatos o señalan que éstos son diseñados con los más altos estándares tecnológicos, lo que repercute en bajas emisiones de contaminantes, y por ende, resultan ser beneficiosos para los consumidores.
Si bien en la publicidad se admite un cierto grado de subjetividad en los mensajes, dichas afirmaciones encontradas en el presente análisis requieren siempre ser comprobables, pues de lo contrario, podrían inducir a error o engaño a los consumidores, preció el Sernac.
Con la entrada en vigencia de la Ley del Sernac Financiero, es obligación que las empresas que venden productos a crédito deben indicar la Carga Anual Equivalente (CAE) y el Costo Total del Crédito (CTC).
En este aspecto, si bien las empresas cumplen con esta exigencia, lo hacen utilizando letra pequeña, lo que hace difícil que el consumidor acceda a la información, lo que para el caso de CAE y Costo Total es además una infracción grave de la Ley del Sernac Financiero, sancionada con 750 UTM (alrededor de $30 millones), agregó el Sernac.

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