
De acuerdo al fallo emitido por el Tribunal, el inculpado fue condenado a 541 días de presidio menor en su grado medio como autor del delito consumado de desacato; 61 días de reclusión menor en su grado mínimo por el delito de lesiones menos graves; y 61 días de reclusión menor en su grado mínimo por el delito de amenazas. Ya que el imputado tenía en su haber dos condenas anteriores por delitos de la misma naturaleza, en contexto de violencia intrafamiliar, se le penó a cumplir las condenas de manera efectiva.
Cabe recordar que en el juicio oral llevado a cabo el pasado viernes, la fiscal Acuña logró establecer que H. E. P. U., en circunstancias de tener una orden vigente de desalojo de su domicilio y prohibición de acercase a éste desde septiembre del 2012, concurrió a la residencia en febrero de este año, lugar donde fue encontrado por la víctima de iniciales C. A. P. U. -su hermano-, quien lo conminó a salir del lugar, iniciándose una discusión que acabó con golpes de pies y puños por parte del imputado, además de conferir amenazas de muerte a la víctima y a la madre de ambos. A raíz de esta agresión, C. A. P. U. resultó con lesiones de diversa consideración en la cara y tórax.
Además de las penas de cárcel, el Tribunal decretó la prohibición del imputado de acercarse a la víctima y a cualquier lugar donde ésta habite o concurra usualmente, las accesorias legales de suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena y costas del juicio.