Álvarez argumenta en el fallo que “el tribunal no puede dejar de considerar la naturaleza, modalidad y móviles determinantes del delito, que permitan presumir que no volverán a delinquir. Es así que el delito de tráfico de drogas, por el cual se les acusa, afectan ostensiblemente la salud pública de la población a la cual se dirige, amén de ser antecedente directo o indirecto de otros tantos delitos contra las personas y la propiedad”.
Agrega que “la modalidad también resulta considerable puesto que atravesaron la frontera con el fin de distribuir la droga en esta zona y además los móviles resultan ser claramente económicos, lo que revela estar dispuestas a correr serios riesgos con fines de lucro, toda vez que resulta evidente que la droga no estaba destinada a su consumo y a ser distribuida entre amigos, sino a ser traspasada a terceras personas, generando una ruta de tráfico que es dable presumir que no pararía allí”.