¿Qué se puede y no se puede hacer en las elecciones?

General
09/11/2013 a las 13:00
A pocos días de los comicios, históricamente ha habido una serie de restricciones que se ejecutan antes, durante y después de la jornada de votación. Aquí le ofrecemos algunas preguntas de lo prohibido y lo permitido para este 17 de noviembre. Muchas son las preguntas sobre qué se puede y no se puede hacer en un día de elecciones. Hay personas que agendan fechas importantes e irrenunciables en lo personal, como matrimonios o bautizos, entre otros. Pero las dudas afloran cuando en el calendario se aproximan comicios. Tal es el caso del próximo 17 de noviembre.
Este es uno de los tantos ejemplos con que el público debe enfrentarse a pocos días de los comicios. Ante esta situación, el Servicio Electoral (Servel), da a conocer una serie de preguntas que hay que tomar en cuenta sobre actividades anexas a estas elecciones.
Aquí le ofrecemos una guía con preguntas frecuentes sobre lo que está prohibido y permitido antes, durante y después de la jornada de votaciones.

¿Pueden realizarse reuniones o celebraciones privadas, tales como matrimonios, seminarios y otros eventos durante el día de la elección?
Sí, pueden realizarse. Están prohibidas las reuniones o manifestaciones públicas de carácter electoral, entre las cero horas del segundo día anterior a la elección, es decir, entre las 00:00 hrs. del día viernes 15 de noviembre, y las cuatro horas siguientes de haberse cerrado la votación en las mesas receptoras.
El Servel recomienda dar aviso a Carabineros en caso de registrarse este tipo de eventos.

¿Podrán funcionar durante el día de la elección los establecimientos que ofrezcan espectáculos públicos? Asimismo, ¿se pueden realizar fiestas de graduación, ceremonias de fin de año, eventos de fin de año de empresas en locales públicos, el fin de semana de la elección?
Sí, se pueden realizar, salvo que la fuerza encargada del orden público estime que estos podrían afectar el normal desarrollo del proceso electoral.

¿Los colegios que se utilizarán como locales de votación, pueden realizar actividades de fin de año en los días previos a la elección?
Sí, pero sólo hasta el día 14 de noviembre, porque a partir de las 00:00 horas del viernes 15 de noviembre, los locales de votación permanecerán bajo el control de los jefes de fuerzas designados para su custodia.

¿Se pueden realizar reuniones los cultos religiosos el día de la elección?
Sí, porque no se consideran reuniones públicas de carácter electoral.

¿Pueden realizarse manifestaciones o reuniones en la vía pública, que no sean de carácter electoral?
Sí, siempre y cuando cuenten con la autorización de la autoridad respectiva.

¿Podrán estar abiertas las botillerías durante el día de la elección?
No, desde las 5.00 horas del 17 de noviembre y hasta dos horas después del cierre de las votaciones en la localidad respectiva, permanecerán cerrados todos los establecimientos que expendan bebidas alcohólicas, para su consumo en el local o fuera de él, exceptuándose los hoteles respecto a los pasajeros que pernocten en ellos.

¿Podrán abrir los supermercados durante el día de la elección?
Durante el día de la elección podrán funcionar normalmente, pero permanecerán cerrados los pasillos y góndolas en que se expendan bebidas alcohólicas, para su consumo en el local o fuera de él, y hasta dos horas después del cierre de las votaciones en la localidad respectiva.
Sin embargo, la Dirección del Trabajo podría emitir dictámenes indicando el cierre de estos establecimientos para el día domingo 17 de noviembre; mientras esta situación no sea comunicada debe seguirse la indicación del párrafo anterior.

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