
“La nómina de beneficiarios habitacionales es pública de acuerdo a la ley y la normativa vigente, y es responsabilidad del Minvu subirla a la web. De haber un uso fraudulento, vamos a tomar las acciones legales que correspondan para resguardar a las personas que podrían ser afectadas, ello independiente de las acciones que ellos mismos puedan tomar”, dijo el ministro Pérez.
Según publicó El Mercurio, en diciembre de 2009, un grupo de 150 personas del comité de vivienda “La alegría es un hogar”, de Talagante, postuló al Fondo Solidario de Vivienda. Sus nombres y RUT figuran en una base de datos del Minvu, publicada en el sitio web de la repartición.
Veinte de estos nombres figuran en la muestra que el periódico revisó del total de patrocinios entregados al Servel por Tomás Jocelyn-Holt, donde llama la atención que aparecen en el mismo orden de la base de datos gubernamental.
El titular del Minvu explicó que la Ley de Transparencia 20.285 de 2008, en su artículo 7, establece que se deben hacer públicas las resoluciones de nóminas de beneficiarios de los programas sociales.
Dicha transparencia se justifica en que los datos constituyen antecedentes esenciales para permitir un adecuado control social, respecto a los beneficios otorgados por los órganos de la Administración del Estado.