Ley Tolerancia Cero no causa efecto en conductores reincidentes

General
31/01/2014 a las 12:15
Pocos saben que la persona que sea sorprendida guiando en estado de ebriedad sufre, en forma automática, la suspensión de la licencia por dos años. Erradicar la conducción en estado de ebriedad y poner fin a las miles de muertes que ocurren al año en Chile debido a los accidentes de tránsito por la ingesta de alcohol, fueron las principales razones de endurecer hace dos años la Ley de Tránsito, bautizada como “Ley de Tolerancia Cero a la Conducción con Alcohol”.
A nivel nacional, el balance que se hace es positivo, porque la cantidad de fallecidos en accidentes de tránsito provocados por el consumo de alcohol, registró una baja de 28%. Esto se refleja en que el 2011 murieron 205 personas y los años 2012 y 2013 esa cifra disminuyó a 148.
El Ministerio de Transportes informó que también se redujo el número de lesionados en accidentes por el alcohol, pasando de 5.242 en el año 2011 a 3.783 en 2012 y a 4.661 en 2013.
Realidad local
Pero cuál es la realidad local. Según el fiscal regional (s), Eugenio Campos Lucero, la experiencia indica que la modificación a la Ley de Tránsito ha repercutido en los llamados “primerizos”. Esto quiere decir, las personas que son detenidas por primera vez conduciendo en estado de ebriedad. “En este tipo de delitos, la verdad es que se ha visto una disminución importante”, aunque el fiscal reconoce que en Magallanes continúa siendo un delito considerable, comparado con los niveles de otras ciudades del país.
Reincidentes
En quienes no ha provocado mayor efecto la Ley de Tolerancia Cero es en los reincidentes. Aquellas personas que registran más de una causa por lo mismo. “Lo que sí notamos es que el nivel de reincidencia se ha mantenido. Sujetos que ya habían sido condenados por manejo en estado de ebriedad persisten en el tiempo en su conducta, pese a la vigencia de la nueva Ley”.
Como ejemplo colocó los dos juicios orales que estaban programados para ayer. En el primero, Walter Galaz Sánchez fue condenado como autor del delito de conducir un vehículo motorizado en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir. El 21 de septiembre del año pasado, a las tres de la mañana, fue fiscalizado por Carabineros. La prueba respiratoria con el “intoximeters” arrojó como resultado aproximado de ingesta de alcohol de 1,56 por mil en la sangre. El médico lo diagnosticó sin lesiones físicas y ebriedad manifiesta.
El otro juicio oral, en contra de Héctor Rivera Rivera, se suspendió por cambio de defensor. Esta persona fue detenida por Carabineros a las 8.30 horas del día 8 de marzo del año 2013, cuando la policía realizaba un control vehicular cerca de la Escuela República Argentina y se percató que un automóvil marca Daewoo era conducido por una persona que guiaba en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir. La alcoholemia de Rivera, del Servicio Médico Legal, arrojó 1,84 gramos de alcohol por mil en la sangre.

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