345 vehículos aparcados en maestranza saldrían a remate

General
20/02/2014 a las 16:02
Desde ayer se difundió públicamente en Diario El Pingüino el decreto abandono de bienes y vehículos que cada año emite la Municipalidad de Punta Arenas. Para aquellos ciudadanos a quienes se les ha confiscado el vehículo por abandono, permiso de circulación impago o no contar con éste, estar sujetos a embargos, encontrarse en prenda, tener prohibiciones de enajenar, multas de tránsito y encargo ante Carabineros de Chile, que este año alcanza la cifra de 345 automóviles.
Como plazo para regularizar la situación, los notificados tienen hasta el 6 de marzo a las 12.00 horas, para retirar su vehículo de la maestranza, de lo contrario, serán rematados. Así lo explicó ayer Sergio Becerra, director del Departamento de Operaciones del municipio de Punta Arenas: “Una vez que ya se publicó el decreto y es de conocimiento público que se está declarando en abandono, la ley de rentas municipales es muy precisa y señala que las municipalidades cumpliendo con ese protocolo pueden subastar estos vehículos”.
Becerra hizo hincapié en que la mayoría de los vehículos que se encuentran en el corral municipal son por abandonos en la vía pública, por participar en accidentes o porque han cometido alguna falta y los propietarios los dejan abandonados y se van: “Lo que estamos declarando en abandono, son aquellos vehículos que permanecen en la población y que han sido denunciados por los propios vecinos. En ese contexto, Carabineros, toma ese vehículo y lo lleva al corral municipal, y su ingreso se debe por abandono en vía pública”, expresó.
Aunque según señaló la autoridad, los trámites para retirarlo del recinto no deberían prolongarse por largo tiempo, ya que la finalidad es que se mantengan como medios de prueba, pero “se ha dado la situación de que los propietarios o la gente que participa en este tipo de incidentes, dado el grado de destrucción que presentan los vehículos, los abandona en el recinto del corral municipal”, señaló.
En cuanto al plazo máximo en que los automóviles debieran mantenerse en el recinto, la ley no lo estipula, generándose un vacío legal: “Los tribunales tampoco tienen mucha conciencia en cuanto a determinar el período; si el juicio se mantiene por cinco años y el juez no decreta el retiro del vehículo, nosotros lamentablemente tenemos que mantenerlo ahí”, declaró.
El proceso correcto a seguir, explica Becerra, es que el propietario se presente a declarar para que el juez condene a una multa y así poder solicitar la orden de retiro: “Una vez que se solicita la orden, que es entregada por el tribunal, tiene que cancelar el derecho de ingreso del vehículo al corral municipal que es de media UTM para los vehículos menores de 5 metros y de 1 UTM para los automóviles que son superiores a 5 metros, además de cancelar el derecho a un servicio de grúa, si es que éste se llevó a efecto”, explicó.
La problemática que se da y por la cual se producirá el remate de los vehículos que no sean reclamados, es que la maestranza no cuenta con mayor espacio para poder llevar otros autos que se encuentran en las mismas o peores condiciones: “Del caso de exceder su capacidad: no tenemos lugares de alternativa, por eso es nuestro interés de desocupar este espacio para poder seguir retirando vehículos bajo estas condiciones”, enfatizó el director de la unidad de operaciones de la municipalidad de Punta Arenas.

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