Juzgado absolvió a cuatro agentes de la policía en Perú

General
22/02/2014 a las 11:10
Cuatro agentes de la Policía Nacional de Perú fueron absueltos el pasado cinco de febrero, por la muerte de cuatro jóvenes fallecidos en una movilización que fue disuelta a tiros por las autoridades en Huancavelia (sierra central) en 2011. Los familiares temían que la investigación fuese archivada por la Fiscalía, ya que no había acusación después de un año y nueve meses y los estudios periciales a las armas de fuego usadas se realizaron 120 días después de los hechos. El caso continuó y un juez dictó la absolución aplicando el principio de “retroactividad benigna” y la ley 30.151, aprobada el 13 de enero por el gobierno de Ollanta Humala.
Esta norma, conocida como de ‘licencia para matar’, establece que los miembros de la policía nacional y las fuerzas armadas que causen muertes y lesiones “en el cumplimiento de su deber y en uso de armas u otro medio de defensa” están exentos de responsabilidad penal.
Estos son los cuatro primeros beneficiados, de un total de 139 efectivos de las fuerzas de seguridad que se acogerán a esa ley, según un cálculo del diario La República.
De acuerdo a la sentencia del Primer Juzgado Penal de Huancavelica, que falló el 5 de febrero, los tres policías a quienes se atribuían las muertes “se vieron obligados a efectuar disparos con fusiles AKM y armas de puñal a fin de salvaguardar su vida e integridad física”, y, aplicando el principio de retroactividad benigna que beneficia al reo, citaron la ley 30.151.
Sobre el caso se pronunció el Equipo Peruano de Antropología Forense, una organización no gubernamental que hace 12 años trabaja como perito de la fiscalía o de la parte civil en casos de violación a los derechos humanos, se ha pronunciado este jueves contra la primera sentencia que cita la ley.

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