
Esta norma, conocida como de ‘licencia para matar’, establece que los miembros de la policía nacional y las fuerzas armadas que causen muertes y lesiones “en el cumplimiento de su deber y en uso de armas u otro medio de defensa” están exentos de responsabilidad penal.
Estos son los cuatro primeros beneficiados, de un total de 139 efectivos de las fuerzas de seguridad que se acogerán a esa ley, según un cálculo del diario La República.
De acuerdo a la sentencia del Primer Juzgado Penal de Huancavelica, que falló el 5 de febrero, los tres policías a quienes se atribuían las muertes “se vieron obligados a efectuar disparos con fusiles AKM y armas de puñal a fin de salvaguardar su vida e integridad física”, y, aplicando el principio de retroactividad benigna que beneficia al reo, citaron la ley 30.151.
Sobre el caso se pronunció el Equipo Peruano de Antropología Forense, una organización no gubernamental que hace 12 años trabaja como perito de la fiscalía o de la parte civil en casos de violación a los derechos humanos, se ha pronunciado este jueves contra la primera sentencia que cita la ley.