
El monto se origina por una diferencia detectada por la Intendencia en el precio anual de la concesión pagado efectivamente por la compañía y el que fue acordado en el contrato de concesión.
En SRI insistieron en que se “ha reconocido expresamente que el pago realizado oportunamente por SRI del 28% sobre ‘Ingresos Brutos Percibidos’ es ajustado a derecho,” y resienten que “a inicios de marzo la ex autoridad señaló esta vez, contrariando sus actos propios, que la base de cálculo del referido precio, sería la de ‘Ingresos Brutos Devengados’”.
Por ello, la empresa anunció también que enviaron una carta formal al Gobierno Regional, en la que reiteraron que consideran “improcedente” el pago, ya que, dicen, “la obligación de pagar el precio de la concesión se ha cumplido satisfactoriamente, desde que asumió dicha concesión y hasta la fecha”.
Asimismo, la empresa dijo que no renunciará a ejercer los debidos descargos o acciones que por vía administrativa o judicial sean procedentes.