Arriero consiguió que la justicia le permita cumplir la pena en libertad

General
22/06/2009 a las 07:29
Pese a que había un informe favorable para que cumpliera en libertad la condena que le impusieron por asesinar a un trabajador del campo, el juez Jaime Alvarez no le otorgó este beneficio al “gaucho” Luis Alberto Miranda Santana, 77 años, quien en la madrugada del 4 de noviembre de 2008 apuñaló a Manuel Paillacar Coñocar, de 57 años.
El hecho de sangre ocurrió al interior de una vivienda de la estancia “Don Alejandro”, ubicada en el kilómetro 58 de la Ruta Internacional CH-255.
Entre ambos se produjo una discusión. Según Miranda la otra persona solía molestarlo y cuando bebía la situación se hacía más insoportable. Esto se repitió ese día pero el acusado tomó un cuchillo tipo cocinero y le propinó tres estocadas que le costaron la vida.
A través de un procedimiento abreviado propuesto por el fiscal Felipe Aguirre el acusado fue condenado a tres años de cárcel, pero el juez Alvarez rechazó la petición del abogado defensor licitado José Miguel Navarrete, para que su cliente fuera favorecido con la remisión condicional de la pena. Esto es firmando una vez al mes en Gendarmería.
No contento con la resolución Navarrete interpuso un recurso de apelación en la Corte de Apelaciones, tribunal que revocó el fallo del Juzgado de Garantía porque “de acuerdo con los antecedentes tenidos a la vista, en especial el informe presentencial favorable y los argumentos expuestos por las partes, estos sentenciadores han concluido que en la especie se dan todos los requisitos establecidos por el artículo 4º de la ley Nº 18.216, para decretar la remisión condicional de la pena a favor del condenado Luis Alberto Miranda Santana”.
Consideraron la conducta anterior del condenado, “dado que por 77 años mantuvo un actuar exento de participación en evento delictual alguno, por lo que el presente ilícito representa un hecho aislado en la vida del condenado, lo que permite presumir que no volverá a delinquir”.
La resolución dejó muy conforme al abogado defensor porque siempre defendió la postura de que lo ocurrido fue un hecho aislado en la vida de su cliente, y que se dio bajo circunstancias que no se pudieron comprobar en términos procesales, como la legítima defensa “toda vez que existían antecedentes de que la víctima anteriormente había tomado un cuchillo”, sostuvo José Miguel Navarrete(en la foto con su defendido).

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