
Una mujer que era agredida por su pareja, como tantas otras que pasan por el tribunal por violencia intrafamiliar, sintió ayer una leve tranquilidad al enterarse de que la persona con la que compartía el mismo techo hasta enero de este año y que trató de matarla, fue sentenciado a dos penas que en total suman 640 días de cárcel efectivos, sin beneficio alternativo.
El martes José Luis González Ulloa había sido condenado por el juez Juan Villa a través de un juicio abreviado, donde el acusado aceptó los hechos que le imputó el fiscal Eugenio Campos Lucero, evitando de esta forma ir a un juicio oral. La entrega de la sentencia se fijó inicialmente para el viernes pero luego sufrió un cambio y la audiencia se realizó ayer, a las 10.30 horas.
El magistrado condenó a José González Ulloa a la pena de 100 días de cárcel, “como autor de un delito de amenazas no condicionales, en el contexto de violencia intrafamiliar, delito perpetrado el 1 de enero de 2009”.
Además, la justicia lo sancionó con 540 días de presidio “como autor de lesiones menos graves, en grado de consumado, en contexto de Violencia Intrafamiliar, perpetrado el 2 de enero de 2009”.
Por no reunir el sentenciado los requisitos legales no le concedieron beneficios extracarcelarios y por ello González deberá pagar con cárcel efectiva. Y después de cumplida la pena, “durante un año no podrá acercarse a la víctima, al domicilio o lugar de trabajo de la mujer, medida que regirá a partir del día que recupere la libertad”.
Contactada la víctima declinó referirse al tema por encontrarse muy afectada aún por los acontecimientos vividos.
Una pesadilla
La pesadilla para esta mujer comenzó la madrugada del 1 de enero de este año, con posterioridad a una discusión en un local al que ambos habían salido a compartir.
La víctima volvió sola a la casa y se acostó. Más tarde llegó el acusado quien molesto con la idea de que la mujer lo abandonara, y que terminara la relación sentimental, ese día abrió las llaves del gas con la intención de quitarle la vida a su pareja y a él. Pero el hombre se arrepintió y le avisó a la mujer quien terminó ventilando el domicilio.
Claro que al día siguiente, cuando la mujer volvió a la casa, surgió otra discusión con su pareja. El hombre la estaba esperando para insultarla por la decisión de terminar la relación sentimental. Esto no lo aceptaba el acusado quien se ofuscó y con un arma cortante, tipo cuchillo, la apuñaló dos veces en el muslo. La víctima alcanzó a arrancar pero cayó al sillón donde el acusado, provisto del arma, se abalanzó contra ella para darle muerte con una tercera estocada a la altura del tórax y del cuello.
González no logró su objetivo, al salir en defensa de la mujer una tercera persona que se encontraba en la casa y quien forcejeó con el acusado hasta lograr quitarle el arma y evitar el apuñalamiento. De no mediar la intervención de esta persona el sujeto pudo cometer un parricidio.
El acusado aceptó su responsabilidad y fue condenado por un delito de amenazas leves en contexto de violencia intrafamiliar. Inicialmente la causa estaba caratulada como parricidio en grado de tentativa.
El condenado no pudo postular a beneficios extracarcelarios para cumplir la pena debido a que registra una condena anterior de tres años por robo.