Lo que hay que saber sobre el bono por hijo vivo

General
02/07/2009 a las 10:15
Ayer comenzó a regir en  Chile  la asignación que a partir de este año se entregará a las madres mayores de 65 años que tengan uno o más hijos vivos.
Esta ayuda, que entrega el gobierno incluso a aquellas mujeres que han adoptado menores, ha sido calificado como uno de los principales beneficios de la Reforma Previsional  dada la gran cantidad de personas que se verán incluidas en esta medida.
Sin embargo, la puesta en marcha del bono y sus principales alcances no han estado ajenos de dudas y confusiones. Por ello, el director del Instituto de Previsión Social (IPS), Rodrigo Henríquez, explicó en Pingüino Radio algunos de los principales alcances de la normativa que según informó, busca proteger a la población femenina en su etapa más adulta y que de acuerdo a los estudios realizados, tiene mayores expectativas de vida en comparación con los hombres.
Junto con explicar que el bono puede ser solicitado sólo a los 65 años, la autoridad aclaró que cada mujer que jubila a partir de julio de este año por el sistema de AFP o pensión básica solidaria de vejez no pierde el derecho, pero aquellas que inician su retiro definitivo, sí.
No importando si la carga familiar está a nombre del marido o su cónyuge, aquellas madres que soliciten el bono al cumplir la edad estipulada deberán presentar su cédula de identidad en las dependencias del IPS o de la AFP donde se verificará la cantidad de hijos que tiene, comenzando posteriormente el trámite del petitorio, realizando el cálculo correspondiente del 10 % de 18 ingresos mínimos mensuales y depositando el monto en la cuenta, por ejemplo, de la administradora de fondos de pensiones que lleva a cabo un nuevo proceso que puede significar una mejora en el monto que recibirá una persona al momento de jubilar.
Sin embargo, si una mujer muere y no puede recibir los $ 300 mil, este dinero se pierde. Por ello el director del IPS llamó a las beneficiarias a solicitar el bono apenas cumplan los 65 años, no importando si piensan jubilar después.
Junto con detallar que no es necesario que los hijos estén vivos al momento de hacer efectivo el beneficio, acotó que existe una dualidad en esta medida, puesto que aquellas madres que dieron en adopción a sus menores también pueden reclamar estos fondos.

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