Alumnos no pueden ser castigados por faltas de apoderados en la directiva del curso

General
31/12/2009 a las 17:30
El centro de padres establece una reglamentación que debe ser respetada por los microcentros o delegados de curso.
Las reuniones de apoderados pocas veces son bien ponderadas por los padres que deben asistir. Muchos de ellos con tal de finalizar pronto, deciden rápidamente los temas para poder retirarse a la brevedad.
Sin embargo, este hecho de tomarse a la ligera los puntos a tratar en estas citas, en algunas oportunidades se traducen en problemas, puesto que los representantes del curso asumen responsabilidades que afectan el buen desarrollo y organización de muchas de las actividades que son precisamente para los niños.
Durante los últimos días han salido a la luz casos en que apoderados que cumplían algún cargo al interior del curso habrían caído en irregularidades en el ejercicio de su responsabilidad.
Ante estas situaciones, lo primero que se debe tener claro es que el alumno no debe ser objeto de ningún tipo de castigo o advertencia por parte de los miembros del establecimiento ni del curso por lo realizado por el apoderado.
“El castigo que se establezca no puede afectar bajo ninguna circunstancia al alumno. Él no tiene por qué hacerse responsable por la falta de su apoderado. Menos puede ser causal de expulsión o de retención de documentos. Frente a una situación irregular cada curso bajo la reglamentación que exista en el centro de padres determinará la sanción o el curso de forma interna decidirá si se llega a demandar”, afirmó el seremi (s) de Educación, Mario Díaz.
Díaz recomienda que cuando se presenten irregularidades en el desempeño de los cargos, se informe al establecimiento y al centro de padres.

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