
El objetivo de este derecho es que los estudiantes de primer año que se matricularon en otra institución para asegurar un cupo, puedan desistir del contrato sin explicar por qué, si tras la publicación de los resultados toman otra decisión porque quedaron en la universidad que querían, por ejemplo.
Eso implica que el establecimiento no puede cobrar por los servicios no prestados y debe devolver lo pagado por la matrícula y la documentación que respalda el pago del año. La institución sólo podrá retener de la matrícula, hasta el 1% del arancel anual de la carrera por concepto de costos de administración, en la medida que esto haya sido informado previamente al estudiante.