
Ayer se vio la causa en la Corte de Apelaciones mediante la cual Alex Aguilante Caico, hoy mayor de edad, fuera condenado a tres años de régimen semicerrado con programa de reinserción social, pena que deberá cumplir en Puerto Montt.
En un comienzo, el magistrado le abonó al joven 618 días por el tiempo que permaneció en internación provisoria en la cárcel juvenil de Río de los Ciervos. Esto no le pareció al fiscal Dobson, puesto que de ser así le bajaba bastante la condena y por eso apeló, ya que a su entender solamente correspondía abonar los 206 días que permaneció privado de libertad, ya que de lo contrario le bajaba considerablemente la pena inicial.
El Tribunal de Alzada acogió la apelación de la fiscalía, declarando que sólo correspondía el abono de 206 días y no los 618 que determinó el Juzgado de Garantía, aumentándose la pena en 412 días. Esto significa que de los tres años de presidio, en régimen semicerrado al que fue sentenciado inicialmente Aguilante, le van a quedar 889 días. O sea, casi dos años y medio de presidio que deberá cumplir en un centro del Servicio Nacional de Menores (Sename) de la Región de Los Lagos, debido a que el condenado no tiene familia en Punta Arenas. Además, la entidad deberá elaborar un plan de intervención, que debía ser aprobado en una audiencia fijada para el 6 de mayo, pero como había un recurso de apelación en curso se pospuso el trámite.