
El Tribunal Oral determinó que la mujer era inocente del cargo que la acusaba el Ministerio Público. Los defensores lograron imponer su teoría del caso, en cuanto a que el ente persecutor no logró probar que las pastillas que le encontraron a la joven el día que llegó a la Clínica Magallanes eran abortivas.
En la sentencia, los magistrados Luis Álvarez, Pablo Miño y Jovita Soto, establecieron que la prueba de cargo del Ministerio Público está constituida por los dichos del médico y la matrona que atendieron a la imputada en la clínica (quien llegó con cinco pastillas en la cavidad vaginal), suponiendo que se trataba de Misotrol. Sin embargo, a juicio de los jueces no se aportaron pruebas científicas que permitan corroborar la naturaleza, composición y entidad de las tabletas halladas, “cuestión que en concepto de este Tribunal resulta esencial para formar convicción”. La fiscalía piensa lo contrario y por eso recurrió de nulidad del fallo.