
La afectada resultó con equimosis (moretones) en sus extremidades.
El imputado confesó ser el autor de las lesiones. C.A.H.A., al ponderar el mal que causó a la mujer, le entregó mediante un depósito al tribunal la suma de
$ 400.000, con el fin de reparar en algo el daño causado, lo que fue considerado como un atenuante en el caso.
El tribunal resolvió condenar a C.A.H.A. como autor del ilícito de lesiones menos graves en un contexto de violencia intrafamiliar a pagar una multa ascendente a 1 UTM, además de prohibírsele absolutamente acercarse siquiera a la víctima, donde quiera que ella se encuentre, medida que involucra todo tipo de contacto físico y/o verbal, o bien a través de mensajes de texto o cualquier otro que la tecnología permita, todo ello por el lapso de un año.
En caso que el sentenciado no pague la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de cinco días de reclusión.