Concejales de Timaukel piden al Tribunal Electoral la salida de alcalde Atilio Gallardo

General
06/10/2010 a las 08:45
Cumpliendo con el anuncio que hicieron después de conocer el informe de la Contraloría Regional, los concejales de la Municipalidad de Timaukel, Margarita Mayorga Quelín, Luis Hernández Chacón, Dalmiro Guineo Veli, Nibaldo Andrade Macías y Luis Barría Andrade, llegaron ayer en la mañana a las oficinas del Tribunal Electoral a presentar la solicitud de remoción del alcalde Atilio Gallardo.
Cada uno firmó el documento ante el secretario relator Mauricio Araneda, informe que contiene más de un centenar de páginas explicando detalladamente las razones que los llevaron a tomar esta decisión. El escrito es patrocinado por el abogado Marcos Loaiza, quien trabajó largo tiempo en su preparación y redacción.
El jurista acompañó a los ediles hasta la oficina del Tribunal Electoral Regional, ubicada en calle Lautaro Navarro 908, donde ingresaron toda la documentación reunida y que detalla pormenorizadamente las razones por las cuales están solicitando la salida del jefe comunal.
Remoción
“Esta es una solicitud de remoción del alcalde de la comuna de Timaukel, en razón de infracciones graves a la Ley de Probidad, y por notable abandono de deberes, porque se han generado graves acusaciones y cargos respecto de la figura de Atilio Fabián Gallardo Bustamante, a partir de los procesos de fiscalización del propio cuerpo de concejales y de las conclusiones que se originaron por el informe final de auditoría de transacciones, generado por la Contraloría Regional”, explicó Loaiza, respecto a los fundamentos de la presentación.
Al amparo de la contundencia del informe de la Contraloría, a la notoriedad pública y a la multiplicidad de hechos al Concejo Municipal no le quedaba otra salida que generar, en forma urgente, la remoción del jefe comunal.
Loaiza recordó que “los alcaldes son entes públicos, autónomos y autárquicos (“dominio de sí mismo), entonces no tienen ningún superior jerárquico”. Dijo que “en materia de fiscalización y supervigilancia, de las funciones que le son propias del cargo, es que el cuerpo de concejales consideró en este caso, dada la gravedad y multiplicidad de los hechos, ameritaba ejercer el derecho que les otorga la ley”.
Una vez ingresada la solicitud de remoción se pide la notificación personal y por avisos en diarios y luego comienza a correr el plazo de 10 días que tiene el requerido para contestar los cargos. Después de cumplida esta fase el Tribunal Electoral Regional recibe las pruebas y luego el procedimiento indica que las partes deben solicitar (si lo estiman pertinente) alegatos, y posteriormente se procede a resolver la solicitud. Si alguna de las partes no quedara conforme con la resolución tiene la posibilidad de apelar al Tribunal Calificador de Elecciones.

PUBLICIDAD

Pingüino Multimedia entrega este espacio a su público para la expresión personal de opiniones y comentarios apelando al respeto entre unos y otros desligandose por completo por el contenido de cualquier comentario emitido.

Comentarios


comments powered by Disqus
Más noticias
NOTICIA ANTERIOR Ex cajera fue formalizada
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD