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Por disposición del Ministerio de Obras Públicas

Tabsa tuvo que retirar un ferry en Primera Angostura

regional
18/10/2019 a las 12:00
Pedro Escobar
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Tabsa tuvo que retirar un ferry en Primera Angostura

El gerente general de Tabsa, Alejandro Kusanovic, acusó ayer a las autoridades de actuar en forma “ilegal y arbitraria”, en contra de esta compañía , al ordenar el retiro de uno de los tres ferrys que hoy operan en el cruce de Punta Delgada.

La empresa fue notificada esta semana por dos organismos estatales que tendría que adecuarse a una nueva regulación de sus horarios en el mencionado cruce, luego que se sumara un nuevo actor, como es la empresa Naviera Tierra del Fuego, situación que obliga a retirar una de las embarcaciones actualmente en servicio.

“Esta es una decisión incomprensible, que atenta absolutamente en contra de la libre competencia y por ello, acudiremos a la justicia para hacer nuestros planteamientos”, expresó.

Decisión

Esta semana, un oficio de la Dirección de Territorio Marítimo de la Armada, Directemar, informó a la empresa que tendría que ajustarse a un nuevo cronograma de sus operaciones conforme a un ordenamiento establecido por la Dirección Regional de Obras Portuarias (DROP) del Ministerio de Obras Públicas, organismo que controla las tres rampas ubicadas a ambos lados del Estrecho, una en Punta Delgada, sector continental, y dos en la Bahía Azul de Tierra del Fuego.

Se trata del procedimiento provisorio de uso de estas  rampas emitido por la DROP, el cual establece lo que denomina “condiciones mínimas para su operación, para otorgar un buen y correcto uso por parte de las navieras operadoras actuales”.

El documento estableció que en los horarios donde operen las dos empresas navieras, “se establece que cada operación dispondrá de 15 minutos en rampa para las faenas de carga y descarga de rodados y pasajeros. Los zarpes se realizarán cada 20 minutos aproximadamente”.

Y luego, en su aspecto más controvertido, según los ejecutivos de Tabsa, el texto establece: “Se debe alternar los zarpes entre las navieras, todas las navieras tendrán igual derecho de ocupación de las rampas en ese período considerando que en situación climática y de navegación normal, el circuito de flujo expedito se realiza con cuatro naves simultáneamente”.

Kusanovic explicó que al exigir la alternancia obligada bajo un límite de cuatro embarcaciones, Tabsa debe retirar una de sus tres embarcaciones para cumplir con la norma. “Te dicen que no puedes operar, pero no directamente. El Decreto Ley 211, al que hace referencia, se refiere a la libre competencia, pero bajo una interpretación errónea de que debe existir la misma cantidad de oferta entre los distintos operadores, pero lo que se debiera resguardar es el libre derecho a operar las rampas”.

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