El acusado fue sentenciado por los hechos ocurridos el 28 de julio del 2018. En horas de la noche concurrió al domicilio de la víctima, donde un grupo compartía bebidas alcohólicas, pero no le permitieron el acceso. Momentos después regresó premunido de una pistola y disparó en al menos seis oportunidades hacia la vivienda. Uno de los proyectiles impactó en el abdomen de la víctima fatal.
El tribunal lo condenó por homicidio y disparos injustificados. Sin embargo, la defensa recurrió a la Corte respecto a este último delito. Alegaron que no se interpretó correctamente la Ley de Control de Armas y que habría un error en el cálculo de penas.
Los argumentos fueron desestimados por el tribunal de alzada. “Actuaron los sentenciadores dentro de sus facultades legales, motivo por el cual el recurso de nulidad interpuesto debe ser desestimado”, resolvieron.