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Valentín Aguilera Gómez

Seremi de Educación informa normativa sobre uniformes de cara al nuevo año escolar

cronica
10/01/2023 a las 12:07
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Su uso tampoco es una obligación legal y son las comunidades educativas las que deben definirlo.

Todavía estamos en pleno verano y apenas partimos el nuevo año, pero muchas familias aprovechan esta época para dejar listos todos los detalles que tienen que ver con el regreso a clases, entre ellos por supuesto, el uniforme escolar.

En Chile, la mayoría de los colegios utilizan algún tipo de vestimenta uniformada, lo cual lleva a muchos a pensar que esto se trataría de alguna disposición mandatada por la ley o una obligación, pero lo cierto es que son las comunidades escolares las que pueden o no establecer su uso. En definitiva: es cada institución la que dispone cómo deben ir vestidos sus alumnos.

Económico y no ostentoso

La normativa de la Superintendencia de Educación, señala, que “el director de un establecimiento con Reconocimiento Oficial, puede establecer el uso obligatorio del uniforme, previo acuerdo con el Consejo de Profesores y el Centro de Padres y Apoderados”. Además, es necesario consultar al Centro de Alumnos y Comité de Seguridad Escolar. Vale decir, que apoderados y docentes tienen voz y voto a la hora de definir la vestimenta de los estudiantes, y no solo la plana directiva del colegio.

La regulación y normas de uso que se acuerden, deben estar debidamente descritas en el Reglamento Interno y ser informadas a los apoderados al momento de matricular (no después, como ocurre en muchos casos). Los establecimientos educacionales que opten por usar uniforme, deberán procurar que sea “económico y no ostentoso, de manera que no sea un impedimento para que los niños, niñas y jóvenes puedan asistir a clases”.

Apoderados y estudiantes tienen la responsabilidad de conocer el Proyecto Educativo Institucional e informarse sobre si existe obligatoriedad o no sobre el uso de uniforme, sus características y excepciones. Evitando dificultades por desconocimiento sobre la presentación personal de los alumnos. Los establecimientos deben comunicar a los padres y apoderados a más tardar en marzo de cada año si existen cambios en el uso del uniforme escolar. Estos cambios entran en vigencia 120 días después de dicha comunicación.

Ni exigir marcas, ni impedir el ingreso al alumno

El seremi de Educación de la Región de Magallanes, Valentín Aguilera, fue enfático al señalar que “el uniforme escolar no puede ser un obstáculo para que los estudiantes desarrollen sus actividades escolares y tampoco puede estar sometido a calificación por dicho concepto. No se pueden exigir marcas o la adquisición en una tienda o proveedor específico”, esto último en relación a una práctica que, a pesar de ser completamente ilegal, sigue siendo habitual entre algunos sostenedores.

“Es importante destacar que no se puede sancionar el incumplimiento del uso del uniforme con la prohibición de permanecer o ingresar al establecimiento educacional” agregó la autoridad.

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