Culpable de asesinar y quemar auto de paradocente

General
08/01/2011 a las 08:30
Unánime fue el veredicto condenatorio de los jueces Pablo Miño, Luis Álvarez y Fabio Jordán, en contra de Luis Fabián Bórquez Campos, encontrado culpable de asesinar y de incendiar el auto del paradocente Manuel Menéndez González, el 7 de febrero del año pasado. Después de cinco días de juicio, donde prestaron declaración un total de 33 personas, entre testigos y peritos, la justicia le atribuyó culpabilidad al acusado y lo condenó por “homicidio simple”, y no por “homicidio calificado”, como lo postulaba el fiscal Felipe Aguirre o “robo con homicidio”, según lo pretendía el abogado querellante, Juan José Arcos, quien pedía que el autor fuera sentenciado a cadena perpetua.
La teoría de la defensa, representada por el abogado Ramón Bórquez, y apoyado por su colega Jaime Obando, fue siempre la del homicidio simple, como finalmente sucedió. Nunca negó que su defendido tuviera participación en la muerte del paradocente, pero no en los términos que pretendía la fiscalía, porque jamás su cliente tuvo la intención premeditada de matarlo sino que fue una situación circunstancial, descartando con esto la alevosía, producto de que le tocó la pierna y los genitales cuando estaban dentro del auto, a unos siete kilómetros al sur de Punta Arenas, debido a la tendencia homosexual de la víctima, la que buscó establecer a través de algunos peritajes, como el practicado al notebook de Manuel Menéndez, de donde la policía recuperó más de 800 imágenes y fotografías extractadas de diferentes páginas internet. En algunas se hacía alusión a una disco gay, ubicada en el sector de Río de los Ciervos, como salió a relucir en el juicio.
“Ecuación nefasta”
El fiscal Felipe Aguirre lamentó la “ecuación” que presentó el defensor y la calificó de “nefasta”. Según esto, indicó, “tenemos que una persona que es homosexual es un desviado, que tira las manos y es capaz de agredir sexualmente a un tercero y que eso habría desencadenado toda esta situación”.
Aguirre criticó abiertamente la postura del defensor Ramón Bórquez, señalando que “ha demostrado estar en contra de la tolerancia de las orientaciones sexuales distintas”. Lamentó que un organismo público, como la Defensoría Penal, llegue a un tribunal a plantear un juicio basado en una discriminación de género, al tener alguien la calidad de homosexual y que esto permita un homicidio. El fiscal jefe insistió al finalizar el proceso que la muerte de Menéndez respondió a un homicidio calificado.
El abogado querellante, Juan José Arcos, planteó que tanto el robo con homicidio, como el incendio del auto de la víctima quedaron acreditados en el juicio. Dijo que Menéndez fue agredido violentamente dentro del auto, donde fueron encontrados los lentes, y que esto concuerda con la fractura que mencionó la perito del Servicio Médico Legal.
Culpable
Finalmente la segunda sala del Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas resolvió, por unanimidad, condenar a Luis Bórquez Campos, “como autor del delito de homicidio simple en la persona de Manuel Menéndez González”, y también como autor del delito de incendio del automóvil de la víctima.
Después de matar al paradocente, Bórquez lo arrastró a una zanja, a un costado de la Ruta 9 Sur, donde lo dejó abandonado. Luego regresó a la ciudad en el auto de la víctima, más tarde fue a firmar a la cárcel y posteriormente compró bencina y llevó el vehículo hasta un camino aledaño al Club Andino donde lo incendió. Dos semanas después el autor fue detenido en Puerto Natales y en esos momentos confesó su autoría y entregó las coordenadas para que la SIP de Carabineros diera con el cuerpo del paradocente asesinado.
Al cierre del juicio el fiscal pidió al tribunal condenar a Luis Bórquez a 10 años por homicidio simple, y a cinco años como autor de incendio. La sentencia se conocerá el próximo miércoles, a las 16.00 horas.
Cuando Luis Bórquez cometió el crimen de Menéndez estaba cumpliendo una condena de cinco años, por robo con violencia. Pero estaba beneficiado con la libertad condicional.

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