
Pedrals, en una carta fechada el 10 de junio, le recuerda a Rodríguez “que cuenta con derechos preferentes respecto de cualquier otro eventual derecho de terceros”, y con esto explica la negativa a otorgar un permiso de ingreso a los terrenos indicados.
La solicitud al propietario de la Estancia Invierno (Minera Isla Riesco), la realizó el ejecutivo de Pontenova Minerals en virtud del derecho de propiedad que según el ejecutivo le asiste, “para entrar a las pertenencias citadas, con el objeto de efectuar exploraciones de acuerdo al derecho que le confiere la ley”.
Sin embargo Pedrals, a nombre de Isla Riesco, le respondió a Christian Rodríguez, que “en dicha estancia contamos con derechos preferentes respecto de cualquier otro eventual derecho de terceros. Dado lo anterior, no es posible autorizar el ingreso de su representada (empresa) en el área solicitada”.
El recurso de protección contra Minera Isla Riesco se funda en que la firma desconoció abiertamente el derecho de propiedad que ampara a Pontenova Minerals sobre sus pertenencias mineras, acto que a juicio del recurrente “causa privación, perturbación y amenaza el derecho constitucional”.