
Con estas palabras, el Mineduc, avala lo señalado por el seremi del ramo en la región, Raúl Muñoz, quien a partir de las inquietudes manifestadas por algunos directores de establecimientos ocupados en Punta Arenas y la facultad que les merecía promover a los alumnos en casos especiales, afirmó que no aceptaría “perdonazos académicos” en el contexto de las movilizaciones.
El profesional al respecto detalla que en el caso de la asistencia, los directores de establecimientos tienen la facultad para casos muy específicos y especiales - y con esto se refiere a casos individuales- de rebajar el 85%. de la asistencia exigida. Estos casos serían de salud, participación en torneos escolares, ingreso tardío a clases, entre otros.
De esta forma, todos los decretos que norman esa situación establecen que para los casos no previstos, como lo es una “toma”, la facultad de reglamentar qué requisito debe cumplir un alumno para ser promovido queda en manos de las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación.
Para ello agrega que en la medida que los establecimientos vuelvan a clases, y retomen sus actividades normales dentro del marco que la normativa establece, y esos alumnos cumplen con la normativa de asistencia, podrán ser promovidos por sus directores. Por el contrario, si no cumplen con el requisito de asistencia, y las razones son estos casos no previstos por los respectivos decretos, como las tomas, hay que regirse por la reglamentación que el ministerio establece.