Demanda colectiva del Sernac contra cementerio está en etapa de admisibilidad

General
21/10/2011 a las 19:10
La demanda colectiva que presentó el SERNAC Regional en contra del Cementerio Parque Cruz Froward de Punta Arenas a finales de marzo pasado tras la inundación de las tumbas, está en la etapa de admisibilidad, esto es, donde el juez debe revisar los antecedentes y decidir si la acción judicial cumple con los requisitos para ser un juicio colectivo. Durante esta etapa judicial el SERNAC ha entregado una serie de pruebas al tribunal con el propósito de determinar que el cementerio no entregó información oportuna, no respetó los términos ofrecidos, actuó con negligencia, provocándole daños a un colectivo de consumidores.

Entre los antecedentes proporcionados por el SERNAC al tribunal están los reclamos recibidos de parte de los consumidores y una serie de testimonios de afectados que tienen familiares enterrados en el cementerio y que también padecieron problemas de filtración en sus tumbas, entre otras informaciones y gestiones.

Asimismo, el SERNAC a través del tribunal, le requirió a la SEREMI de Salud una copia del sumario sanitario, el que se adjuntará a los demás antecedentes, donde se ratifican problemas de permeabilidad que habrían sufrido sepulturas ubicadas en distintos sectores del cementerio, corroborando que se trata de un problema colectivo.

Una vez que finalicen la entrega de antecedentes, tanto del SERNAC como de los otros demandantes y del propio demandado, el tribunal declarará si la demanda colectiva se declara admisible y se revisa el fondo de la misma.

Hay que recordar que antes de la presentación de la demanda colectiva, el SERNAC Regional realizó una mediación con el cementerio, con el propósito de encontrar una solución de raíz para todos los afectados, gestión que no tuvo resultados satisfactorios, por lo que se decidió recurrir finalmente a la justicia.

Para el SERNAC, desde que se recibieron los reclamos, se han realizado todas las acciones en favor de las y los consumidores, pues la Ley es clara y una empresa debe ser profesional y entregar un servicio de calidad, especialmente en un servicio tan sensible como es la sepultura de nuestros seres queridos.

Esto significa que los contratos deben ser respetados, cumplirse todo lo ofrecido, y respetar la dignidad de los fallecidos y sus familias. La muerte de un familiar es un dolor para cualquier persona, y el incumplimiento de las obligaciones de la empresa puede aumentar el daño, explican en el SERNAC.

Cuando una empresa no cumple sus obligaciones, las y los consumidores tienen derecho a exigir las reparaciones por todos los daños causados. La sanción e indemnizaciones que resulten de la acción colectiva tendrán alcance para todos los consumidores afectados, enfatizan en el SERNAC.

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