
Sorprendió que frente a seis delitos sexuales comprobados, en contra de varias víctimas, algunas menores de edad al momento de los hechos, los jueces no aplicaran la cadena perpetua.
Diario El Pingüino le solicitó al magistrado Álvarez que explicara la decisión judicial, respondiendo, en parte, que “creemos que ese tipo de pena está reservado para delitos que tienen una gravedad mayor, contra la vida o atentados físicos. Consideramos que esta es una pena que está acorde con la legalidad”.
¿Y no les parece que el grado de afectación de las víctimas es muy grande?
“Se sopesó y está en el fallo el daño a las víctimas, emocional y sicológicamente. Por eso sopesamos lo que nos dijo la fiscalía y la defensa, a partir de lo cual establecemos una pena lo más apegada a la ley, en consideración al delito, a la naturaleza, a la forma en que se cometió y a los daños que objetivamente probaron las víctimas en el proceso. Como los antecedentes personales del imputado y su posible reinserción social”.
Magistrado, a las víctimas puede que les cueste entender o aceptar la cantidad de años para tantos delitos. “Lo que pasa es que una pena perpetua está reservada para atentados contra la vida, libertades personales y entidades distintas.