
La pena que se le impuso fue de 541 días de prisión, pero como el acusado cumplía con los requisitos se hizo acreedor al beneficio de la reclusión nocturna “a razón de una noche por cada día de privación de libertad a que ha sido condenado”, según sentencia del juez Juan Olivares Urzúa.
También fue sancionado con el pago de una multa equivalente al 50% de una Unidad Tributaria Anual ($220.752 aproximadamente).
El acusado es reincidente en este delito, por cuanto fue condenado por hechos similares y, desde junio del año 2008, nuevamente procedió a dedicarse a la reproducción ilegal con fines comerciales de CD, DVD de películas, juegos y música, hasta que volvió a ser detenido por la Policía de Investigaciones, según la acusación de la fiscal Alejandra Guevara y la parte querellante, el Servicio de Impuestos Internos, representada por el abogado Daniel Monje.