
El acuerdo tuvo presente “la situación funcionaria del afectado, sus circunstancias personales y laborales”, lo que a juicio de la Suprema resulta “aconsejable para el mejor servicio judicial”.
Esto surge a partir de la apelación de la investigación iniciada en contra del ministro Solón Vigueras “por conductas impropias del magistrado registradas el 10 de noviembre de 2008 en el aeropuerto de Punta Arenas, mientras se encontraba haciendo uso de su feriado legal”, según informó ayer la página de Poder Judicial.
La investigación concluyó que el 10 de noviembre Vigueras tomó Sertralina, fármaco destinado a controlar la depresión que estaba afectándolo. En la misma oportunidad, ingirió un inhibidor del apetito que contiene Sibutramina.
Analizando exhaustivamente todos los antecedentes “es dable inferir que el ministro Solón Vigueras, el día 10 de noviembre de 2008, se encontraba enajenado de juicio por circunstancias especiales que lo llevaron a actuar de la manera descrita, manifestando indicios de evidente anormalidad”.
La investigación concluyó que “al momento de realizar la acción motivo de reproche, era inimputable por el estado de salud, por lo que no puede ser sancionado por dicha conducta”.