
La normativa establece que cuando la víctima de parricidio sea la cónyuge o conviviente se denominará femicidio, con penas de hasta 40 años de cárcel, mientras que cuando la víctima de un homicidio sea la ex conviviente, se aplicará el tipo penal de homicidio calificado, con reclusión entre diez años y un día a 20 años de cárcel.
La parlamentaria destacó la creación del nuevo tipo penal, al sostener que
“finalmente se denomina femicidio a este crimen horroroso, se da una señal fuerte, porque lo que queremos es erradicar toda forma de violencia contra la mujer”.