
Los magistrados dieron por acreditado el episodio que vivió la víctima (de actuales 20 años de edad), entre marzo y abril del año pasado, en el trabajo del progenitor “donde éste procedió a efectuarle tocaciones en el cuerpo en la zona de vagina y senos, todo ello, en circunstancias que la menor se encontraba temerosa e intimidada por su padre”, concluyen en la sentencia.
Para arribar a esta conclusión tomaron en cuenta los dichos de la madre de la víctima quien señaló que la joven le confesó que su padre –el acusado- no la veía como hija, sino como mujer; que la molestaba desde los seis años de edad, tocándole sus partes íntimas cuando estaban solos, lo que ocurría en la casa y en el trabajo de él”.
También pesaron las conclusiones del perito psicólogo Marcelo Maureira Caro, quien examinó a la víctima y estableció que presentaba una “afectación sexual de carácter reiterado, mencionando a su padre como el victimario”, señalando que estas acciones ocurrían desde que ella era muy chica. Agregó que a lo anterior se sumaba el temor, el miedo, y la situación de abuso de poder por parte del padre.
“A la inversa de lo expresado por la defensa, sí se ha probado en el juicio la existencia de actos de significación sexual y de relevancia, realizados por el acusado en contra de su víctima”, sentenciaron los jueces.