A inicios de este mes, la Universidad de Magallanes (UMAG) anunció con bombos y platillos la confirmación del primer Consejo Universitario, de carácter triestamental con representantes de los estudiantes, funcionarios y académicos. Sin embargo, en la elección de estos últimos se desató la reciente polémica al interior de la casa de estudios: estudiantes de las carreras de pedagogías, Castellano y Comunicación, en Educación Básica, en Educación Física, en Inglés, en Historia y Ciencias Sociales, en Matemática, en Música y en Educación Diferencial, denunciaron que fueron excluidos docentes que obtuvieron la más alta votación en el proceso.
El caso expuesto dice relación con el profesor Juan Carlos Judikis Preller, quien obtuvo 138 votos del estamento docente. “La opacidad en la entrega de resultados, el desconocimiento del principio de mayoría y la ausencia de justificaciones claras por parte del Consejo Universitario para excluir al académico Juan Carlos Judikis, dañan la confianza que como estudiantes depositamos en las autoridades y órganos de gobierno universitario”, expresaron en una declaración los ocho centros de estudiantes de las carreras de pedagogías.
Pero, este no sería el único, puesto que también se incluye el nombre del profesor Christian Formoso, a quien apuntan fue “censurado por la secretaría general a cargo de Anggie Chris Flies Añón, tras difundir por correo institucional un comunicado en el que expresaba su posición crítica respecto a esta situación.
Réplica de UMAG
Desde la casa de estudios explicaron que la elección de los integrantes se realizó en el contexto de una votación secreta y por mayoría absoluta para elegir y nombrar cada terna, a los consejeros que integrarían el Consejo Superior.
Afirman que el nombre de Judikis llegó a la terna y que una decisión colegiada lo restó para formar parte. Asimismo, reconocen que fue el académico más votado en las dos primeras ternas, y se habría respetado esta votación, pero como no se trataría de una votación directa, se eligieron a las personas más “idóneas” al cargo.
A lo anterior, Los plazos, el quórum y forma de la votación, afirman que están regulados en el Reglamento de Nombramiento de Representantes al Consejo Superior, según el artículo 13 DFL 27/2023, y fueron supervisados por la Secretaría General de la Universidad.
¿Hubo criterios que predominaron en la elección de sus integrantes?
Ante esta consultada realizada, desde la UMAG explicaron que hubo cuatro criterios ante esta elección, las cuales fueron:
-Idoneidad y perfiles institucionales, de acuerdo a lo exigido por el reglamento, acreditando los requisitos formales, ya sea la jerarquía académica, vínculo con la región, representación estudiantil o de funcionarios.
-Protección de la autonomía, ya que “se buscó evitar presiones externas o sesgos en la decisión”.
-Respeto al nuevo paradigma triestamental. Aquí afirman que se priorizó un modelo de democracia más amplia e inclusiva, donde la voz de cada estamento habilita a elegir cualquier nombre que esté en las ternas, pero el nombramiento final es una responsabilidad colegiada del Consejo Universitario.
-Deliberación colegiada y equilibrio triestamental. Respecto a esto, sostienen que fue una elección indirecta, y que “el Consejo Universitario valoró la diversidad de miradas y la experiencia de cada candidato, leyéndose sus cartas de intención y sus currículos para el caso de las y los académicos y funcionarios, mientras que para las y los estudiantes se leyó su carta de intención, revisándose su condición de alumno”.